¿Qué duración tiene la baja por maternidad y paternidad?

La duración de la baja por maternidad y paternidad es de 16 semanas. Las 6 primeras semanas deben disfrutarse después del nacimiento y a jornada completa. La madre puede anticipar este período hasta cuatro semanas antes de la fecha previsible del parto

Las 10 semanas restantes deben disfrutarse en períodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro del año siguiente al parto

  • Ampliación en 1 semana para cada progenitor por cada hijo/a, a partir del segundo, en caso de nacimiento, adopción o acogimiento múltiples
  • Ampliación en 1 semana para cada progenitor en caso de discapacidad del hijo/a
  • Ampliación por parto prematuro y hospitalización (por un período superior a 7 días) a continuación del parto, hasta un máximo de 13 semanas

Se puede disfrutar de la prestación a tiempo parcial (es necesario el acuerdo por escrito entre empresario y trabajador) que se ampliará proporcionalmente en función de la jornada de trabajo que se realice

Trámites y solicitud

Trámites previos para solicitar el permiso:
  • Inscripción en el Registro Civil
  • Alta en el sistema sanitario
  • Carnet de familias numerosas o monoparentales (si es su caso)
  • Alta en el padrón municipal
¿Cómo solicitar el permiso?

La trabajador/a debe presentar la solicitud en el INS, mediante el formulario oficial, o por vía telemática

  • Inscripción en el Registro Civil
  • DNI
  • Libro de familia actualizado
  • Certificado de empresa y número de cuenta

Prestaciones y plazos

¿Cuándo se cobra?

El 100% de la base reguladora por contingencias comunes, es decir, el trabajador no verá disminuido su salario

¿Qué plazo hay?

El plazo para a solicitar la prestación comienza a contar desde que se inicia el permiso de maternidad, y no prescribe hasta los 5 años

Maternidad por autónomos

La prestación es también del 100% de la base reguladora, que se calcula a partir de los seis meses anteriores a la baja.

En cuanto a la documentación, deberá presentarse la declaración de situación de la actividad. Es requisito indispensable encontrarse al corriente de pago con la Seguridad Social.

Tienen la cuota bonificada totalmente durante ese permiso. Se trata de una renta exenta de retención de IRPF

Paternidad para autónomos

La Paternidad para autónomos tiene una duración total de 16 semanas, las 6 primeras obligatorias, sin interrupciones y a jornada completa, inmediatamente posteriores al parto. Las 10 semanas restantes se disfrutarán en períodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro del año siguiente.

La prestación de paternidad, tiene una bonificación del 100% de la cuota de autónomos a la Seguridad Social mientras ésta surta efecto